El Consejo Constitucional de Senegal declaró inconstitucional la Ley n.º 18/2026 de reforma de la Constitución, aprobada el pasado 29 de junio por la Asamblea Nacional, al considerar que su procedimiento de adopción vulneró dos disposiciones fundamentales de la Carta Magna. La decisión responde al recurso presentado con carácter urgente por el presidente Bassirou Diomaye Faye, quien cuestionó la legalidad del proceso legislativo.
En su decisión n.º 6/C/2026, el alto tribunal estimó que el proyecto generaba nuevos gastos públicos —entre ellos la creación de un órgano único de gestión electoral y disposiciones relativas al futuro Tribunal Constitucional— sin prever los recursos necesarios para financiarlos, en contravención del artículo 82 de la Constitución. Asimismo, concluyó que la Asamblea Nacional incumplió el procedimiento de «votación bloqueada», solicitado expresamente por el Gobierno y previsto también en el artículo 82.
Antes de pronunciarse sobre el fondo, el Consejo rechazó la objeción de incompetencia planteada por el presidente de la Asamblea Nacional y confirmó que tiene facultades para controlar la constitucionalidad de una ley de revisión constitucional. También declaró admisible el recurso presidencial, al considerar que puede presentarse una vez que el texto ha sido aprobado definitivamente por el Parlamento.
La decisión se produce en un contexto de creciente tensión política entre el presidente Bassirou Diomaye Faye y su ex primer ministro Ousmane Sonko, actual presidente de la Asamblea Nacional. La reforma impulsada por la mayoría parlamentaria cercana a Sonko contemplaba limitar determinadas prerrogativas presidenciales, entre ellas la posibilidad de que el jefe del Estado dirija un partido político.
Tras el fallo, la Coalición Diomaye Presidente celebró la decisión del Consejo Constitucional y animó al mandatario a continuar las consultas sobre las reformas institucionales, mientras que el partido Pastef, liderado por Sonko, aún no había reaccionado oficialmente.
SG/RT/APA


