De una red tribal de informantes a la era de la inteligencia artificial y de la criptografía poscuántica, Marruecos ha hecho de la inteligencia un eje estratégico central.
El aparato marroquí de inteligencia, juridicizado y coordinado, encarna hoy un instrumento de poder, capaz de anticipar crisis, neutralizar amenazas e inscribirse en un marco internacional normativo.
El 16 de mayo de 2003, Casablanca fue golpeada por cinco atentados suicidas que causaron 45 muertos y un centenar de heridos. El acontecimiento sacudió la arquitectura de seguridad del país. Menos de dos semanas después, el Parlamento adoptó la ley 03-03, texto fundacional que amplió los poderes de investigación e incorporó en el derecho marroquí la preparación, el financiamiento y la apología de actos terroristas.
Ese instante marca una ruptura: la inteligencia, hasta entonces confinada a una función discreta, se dotó de una base jurídica sólida para abrirse a la cooperación internacional. Marruecos, desde entonces, se presenta como un actor creíble y solicitado en la lucha antiterrorista.
Mucho antes de la institucionalización moderna, el Majzén había desarrollado un sistema de alerta basado en jefes tribales, notables y figuras religiosas. Esa tradición de anticipación se transformó con la independencia en una arquitectura institucional completa como la DGED (Dirección General de Estudios y Documentación), encargada de la inteligencia exterior; la DGST (Dirección General de la Vigilancia del Territorio), heredera de la DST, orientada a la seguridad interior y al contraespionaje; y los Servicios de Inteligencia General integrados en la policía y en la Gendarmería Real, atentos a las zonas rurales y estratégicas.
En las décadas de 1960 a 1990, estas estructuras se centraron principalmente en vigilar a los separatistas, contrarrestar las injerencias extranjeras y contener la criminalidad organizada. Pero el atentado de 2003 impuso una modernización de mayor nivel.
Constitucionalizar la inteligencia
La reforma constitucional de 2011 consagra explícitamente en la ley fundamental el derecho a la vida privada y al secreto de las comunicaciones (artículo 24), al mismo tiempo que reconoce el acceso a la información pública (artículo 27). La inteligencia debe, desde entonces, ejercerse dentro de un marco de garantías legales y de controles judiciales.
El artículo 108 del Código de Procedimiento Penal, que regula las interceptaciones de comunicaciones, encarna este nuevo equilibrio entre eficacia operativa y respeto de las libertades.
En 2015, Abdellatif Hammouchi fue nombrado director general de la Seguridad Nacional (DGSN), manteniendo a la vez la dirección de la DGST. Esta doble función, rara a nivel internacional, favoreció la circulación de información entre la policía y la inteligencia interior.
Bajo su dirección, la DGSN modernizó sus equipos, reforzando la policía científica, mientras que la DGST perfeccionaba sus herramientas de anticipación. El tándem es elogiado por socios europeos, estadounidenses y africanos por su fiabilidad y su capacidad de reacción.
En el ámbito internacional, la DGED dirigida por Mohamed Yassine Mansouri desarrolló lo que puede calificarse de “diplomacia de la inteligencia”. Lejos de limitarse a la recolección de información, contribuye a construir alianzas, negociar discretamente cooperaciones sensibles y consolidar la posición regional del Reino.
Para el analista Kamal Akridiss, Marruecos ha alcanzado un umbral en el que las capas legislativas acumuladas deben dar paso a una reforma global. Una ley marco definiría misiones, prerrogativas y límites de los servicios. Podría modernizar el artículo 108, integrar la prueba digital transfronteriza y reforzar la criptografía poscuántica.
Paralelamente, un marco de gobernanza para la inteligencia artificial permitiría aprovechar sus aportes previniendo sus desviaciones. Un informe público anual sobre las actividades de inteligencia podría finalmente consolidar la confianza ciudadana

