Mali prepara la puesta en marcha de la vigilancia electrónica, prevista en su legislación penal desde diciembre de 2024, una reforma que podría ofrecer una alternativa a determinadas situaciones de prisión preventiva, que representaban más de siete de cada diez reclusos según los últimos datos nacionales disponibles.
Una delegación del Ministerio de Justicia de Mali viajó a Senegal, del 31 de agosto al 8 de septiembre, para estudiar el funcionamiento del brazalete electrónico y las condiciones de su utilización como alternativa al encarcelamiento.
Encabezada por el director general de la Administración Penitenciaria, el general Sou Daou, la misión también contó con responsables de finanzas y planificación del Ministerio. Senegal dispone de un centro de vigilancia operativo desde noviembre de 2022 y cuenta con experiencia en la adaptación de las penas y el arresto domiciliario bajo control electrónico.
En Mali, la base jurídica ya existe. El Código Penal, promulgado en diciembre de 2024, permite a un tribunal someter a vigilancia electrónica a una persona condenada a una pena de hasta dos años de prisión, límite que se reduce a un año en caso de reincidencia legal.
La medida puede concederse, en particular, a una persona que trabaja, sigue una formación, busca empleo, ejerce responsabilidades familiares esenciales o necesita recibir atención médica. Requiere su consentimiento y la obliga a respetar los lugares y horarios establecidos por el juez.
El Código de Procedimiento Penal también contempla, en el marco del control judicial, que una persona imputada pueda estar obligada a llevar un dispositivo electrónico destinado a limitar sus desplazamientos. Esta disposición podría, por tanto, aplicarse a personas en espera de juicio, pero su puesta en práctica todavía debe precisarse mediante un decreto adoptado en Consejo de Ministros.
Según World Prison Brief, Mali contaba con 10.773 reclusos al 29 de diciembre de 2023, de los cuales el 71,7% se encontraba en prisión preventiva. Estos datos, comunicados por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, siguen siendo los más recientes disponibles a escala nacional.
No obstante, el brazalete electrónico solo podrá sustituir a la privación de libertad en el caso de personas seleccionadas por la justicia, que ofrezcan garantías de comparecencia y dispongan de un domicilio compatible con el dispositivo. Su funcionamiento también requerirá un centro de control permanente, agentes capacitados y una cobertura técnica suficientemente fiable.
La experiencia senegalesa constituye, a este respecto, un punto de referencia para Bamako. Autorizado mediante dos leyes aprobadas en julio de 2020, el dispositivo se aplicaba a 849 personas en agosto de 2025, según una cifra comunicada por el ministro senegalés de Justicia.
Sin embargo, la presión penitenciaria sigue siendo elevada en Senegal, que contaba en 2024 con 14.147 reclusos para una capacidad de 4.924 plazas, de los cuales el 48% se encontraba en prisión preventiva.
Las condiciones de adquisición de los equipos senegaleses son, además, objeto de un procedimiento ante el Polo Judicial Financiero. Varias personas han sido puestas en prisión preventiva en relación con este caso, mientras que los investigados niegan los hechos que se les imputan.
Este procedimiento pone de manifiesto, en particular, la importancia de la transparencia en las adquisiciones, el control técnico de los equipos y el seguimiento periódico de su utilización.
En Bamako, el Ministerio de Justicia todavía no ha comunicado un calendario de puesta en marcha, un presupuesto ni el número de brazaletes previsto. El marco jurídico ya está establecido y el estudio técnico ha comenzado, mientras que la próxima etapa deberá precisar las condiciones concretas de despliegue del dispositivo.
SG/RT/APA

